Nacionalidad Española

Nacionalidad Española
Ofrecemos una amplia gama de servicios profesionales para satisfacer sus necesidades en todo momento.

Tipos de nacionalidad española

1) Nacionalidad para hijos de padre o madre españoles:

Si eres mayor de 18 años e hijo de un español nacido en España, o si eres menor de 18 años, siendo hijo de padre o madre de nacionalidad española, puedes optar a la nacionalidad española.

2) Nacionalidad española por matrimonio o residencia en España

Estos registros parten del lugar de residencia en España.

Es importante destacar que la residencia debe ser legal en España y no se aceptan visados de estudiante a efectos de nacionalidad, es decir, para solicitar la nacionalidad española por matrimonio, el cónyuge del español debe haber residido legalmente durante un mínimo de un año antes de la solicitud de nacionalidad.
EuroSupremes puede ofrecer el servicio de tramitación completo, desde la recogida de los documentos en Brasil y la posterior presentación digital mediante un certificado en el Ministerio de Justicia.

3) Nietos españoles:

La Ley de la Memoria Histórica ya ha expirado. Sin embargo, la devolución ya se está tramitando en el Congreso español.
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En el caso de los nietos, se puede adquirir la nacionalidad si el nieto del español es menor de edad y cuando cumpla los 18 años, tendrá hasta los 21 años para conservar la nacionalidad española.

Si el nieto es mayor de edad, el trámite debe hacerse mediante la residencia en España. Consiste en venir con un visado, residir durante 1 año antes de solicitar la ciudadanía y continuar con la residencia hasta el juramento de la ciudadanía.

4) CONSERVACIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA PARA LOS QUE TENGAN HASTA 18 AÑOS Y ANTES DE 21 AÑOS:

En virtud del artículo 24.3 del Código Civil, los residentes en el extranjero, cuyos padres hayan nacido también en el extranjero, pueden perder la nacionalidad española, según el modo en que la hayan adquirido, si antes de cumplir los 21 años no hacen una declaración ante el Registro Civil Consular de su domicilio inscribiendo su voluntad de conservarla. en este caso es conveniente informarse previamente en la Sección Consular al respecto.

Casos concretos:

La Ley de Memoria Histórica, tuvo un periodo de vigencia para poder realizar los trámites para la obtención de la ciudadanía, hay rumores de que la ley volverá sin embargo aún no se sabe cómo serán los requisitos.

Las familias que no puedan tramitar la nacionalidad por edad o porque la ascendencia de origen español esté demasiado lejos, podemos comprobar la posibilidad de otros trámites, dependiendo de la situación particular. Por ejemplo:

Hijos de padre español (nacidos en España) podemos realizar el trámite, sin necesidad de residencia legal en España.

Nietos de españoles (nacidos en España) que el padre o la madre (hijo de ese español) esté vivo, o haya hecho ya la recuperación de la nacionalidad española, este nieto o nieta puede hacer el trámite con nosotros directamente en España, este trámite no se tramita en los consulados, sino en un órgano competente en España, la gran ventaja de este trámite es la posibilidad de residencia inicial por 1 año (prorrogable -siguiendo requisitos-) esta misma residencia da derecho a trabajar por cuenta propia o por cualquier empresa española. Este «visado de residencia», tras su correcta renovación, da derecho a solicitar la nacionalidad española por residencia por ser descendiente de españoles, en el caso de doble nacionalidad por los acuerdos bilaterales entre Brasil y España.

Procedimientos de nacionalidad española, con todo el apoyo de nuestro equipo. Solicitar una reunión para analizar la posibilidad de obtener la nacionalidad española.
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